Inaplicable Decreto de interpretación auténtica sobre “propaganda gubernamental” en revocación de mandato:TEPJF

Marzo 29 de 2022
Ciudad de México.- En sesión privada y por mayoría de votos, con el voto en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado José Luis Vargas Valdez, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, declarar inaplicable el Decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental”, dentro del procedimiento de revocación de mandato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecisiete de marzo pasado.
A propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la magistrada y los magistrados que votaron a favor consideraron que en virtud de la cercanía de la jornada electoral de votación de revocación de mandato y para efecto de dar certeza a los actores políticos, ciudadanía y autoridades, era necesario analizar si el Decreto de interpretación era aplicable –como parte del estudio preliminar en sede cautelar o en el estudio de fondo.
Determinaron que el citado decreto inaplicable a los casos de revocación de mandato, porque no se realiza una interpretación auténtica del concepto “propaganda gubernamental”, sino que se establece una excepción a la prohibición de difusión de propaganda gubernamental durante el desarrollo de un proceso de revocación de mandato –lo cual es violatorio de la prohibición prevista en la propia Constitución general.
Asimismo, al establecer esta excepción se realiza una modificación sustancial a las reglas de comunicación política en la revocación de mandato, lo cual está prohibido a nivel constitucional.

