Ley del IMSS inconstitucional al no reconocer derechos de beneficiarios

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Abril 28 de 2022

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Ley del Seguro Social vulnera el derecho a la seguridad social al no reconocer los derechos de los beneficiarios de un trabajador que, habiendo cotizado las semanas exigidas por la ley para tener derecho a una pensión, se da de baja y reingresa al régimen obligatorio pero fallece sin cotizar las semanas requeridas para el reconocimiento del periodo anterior.

Al respecto , la Sala concluyó que la ley del Seguro Social es violatoria de derechos constitucionales al impedir el otorgamiento de la pensión de viudez a los beneficiarios del trabajador que fallece después de reingresar al régimen del seguro social pero antes de cotizar las 52 semanas necesarias para reconocer los periodos anteriores .

La Sala explica que la ley del IMSS establece que la persona trabajadora que reingrese al régimen del seguro social después de una interrupción de 6 años deberá cotizar 52 semanas para reactivar los periodos anteriores, sin embargo no prevé la reactivación cuando la persona trabajadora fallece antes de haberlas cotizado

La sentencia indica que esta omisión contraviene el derecho a la seguridad social, puesto que impide el otorgamiento de la pensión de viudez por causas ajenas a la voluntad de la persona trabajadora . Por tanto, la mencionada ley no puede ser aplicadas en perjuicio de sus beneficiarios cuando la persona trabajadora sí cotizó previamente las semanas suficientes para la procedencia de la pensión