INE prohibe a AMLO hablar de la Revocación de Mandato

Febrero 9 de 2021
El INE emitió una medida cautelar, en calidad de tutela preventiva, para que el presidente Andrés Manuel López Obrador se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre la Revocación de Mandato.
También le instruye a revisar, ajustar, adecuar, modificar o actualizar sus estrategias, programas o políticas públicas, con la intención de que su actuar se encuentre dentro de los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, sin interferir en el proceso Revocación de Mandato.
El instituto informó que la medida deriva de la denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática por la «presunta indebida utilización de recursos públicos y la ilegal promoción del proceso de Revocación de Mandato, ante las manifestaciones del Mandatario en la conferencia matutina del 2 de febrero de 2022».
El comunicado dice que «a consideración del denunciante, transgreden diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en el artículo 37 de los Lineamientos para la Organización de dicho ejercicio de democracia directa, solicitando que se conmine al Presidente de la República para que se apegue a las limitaciones constitucionales a que está sujeto y deje de promocionar el ejercicio de Revocación de Mandato, así como el retiro del video de la conferencia alojado en la página oficial del Mandatario en Facebook»
El INE declaró procedente dictar la tutela preventiva al advertir, «desde una perspectiva preliminar», que los hechos denunciados son posiblemente ilícitos, ya que durante la conferencia “mañanera” el presidente se posicionó respecto al proceso de Revocación de Mandato, por lo que, «en apariencia del buen derecho, se advierte la existencia de un riesgo inminente a los principios rectores de imparcialidad y neutralidad del proceso revocatorio»
Estimó que la conducta del mandatario es contraria a la prohibición constitucional impuesta a los servidores públicos de promover el proceso de Revocación de Mandato.
Indica que ante esa prohibición, López Obrador o cualquier servidor público, al ejercer su derecho a la libertad de expresión como funcionario público, deben considerar la restricción de promover la Revocación de Mandato ya que si bien «se garantiza su libertad de expresión tienen hoy limitaciones que deben observarse, en la relativa al límite temporal establecido constitucional y legalmente, a fin de evitar que los entes públicos puedan influir en las preferencias de la ciudadanía en el proceso democrático».
Precisa que el fondo del asunto deberá ser resuelto por la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
