Escala tensión entre Ecuador y México: Daniel Noboa no dará salvoconducto a Jorge Glas para que viaje a México

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Abril 5 de 2024

(Infobae) Tras la expulsión de su embajadora en Quito, Raquel Serur, México anunció que dará asilo político al ecuatoriano Jorge Glas, vicepresidente durante el mandato de Rafael Correa (2007-2017) y que está procesado por presunta malversación de fondos, la administración del presidente Daniel Noboa afirmó que no facilitará el salvoconducto para que viaje a territorio mexicano.

“De conformidad con lo establecido en los artículos III, inciso segundo, de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 y el artículo 1 de la Convención sobre Asilo Político de 1933, en las que son partes ambos países, el Gobierno de México tiene la obligación de entregar al señor Jorge David Glas Espinel para que sea puesto a disposición de los tribunales de justicia del Ecuador”, indica un comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores ecuatoriano.

“El Gobierno Nacional ha actuado y actuará en estricto apego al derecho internacional y en cumplimiento de lo que dispone la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, en apoyo a la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada transnacional, con el fin de erradicar la impunidad por delitos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas”, precisa.

“En el Ecuador, país respetuoso del derecho internacional, no se persigue a persona alguna por motivos de raza, religión, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, en acatamiento a la Constitución, a los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes de la República”, detalló la cartera de Exteriores.

El gobierno ecuatoriano lamentó “que México no haya considerado en su decisión, además de las mencionadas convenciones sobre asilo diplomático, las obligaciones contenidas en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de 2002 y en la Convención Interamericana contra la Corrupción de 1996, haciendo efectivo el deber de cooperar para prevenir y combatir los actos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas”.