Indebido exigir Cedula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal para expedir factura: SAT

Octubre 18 de 2023
Ciudad de México.- Para expedir una factura, el proveedor no debe exigirle al comprador la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal. Si lo hace incurre en una práctica fiscal indebida.
Quien solicite una factura solo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del Registro Federal de Contribuyentes, nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará al comprobante.
Al publicar en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones a la Miscelánea Fiscal para 2023, el SAT recordó que el Código Fiscal de la Federación establece que la factura debe emitirse en el momento en que se realiza la transacción en archivo electrónico y cuando el cliente lo requiera se entregará su representación impresa, por lo que también es una práctica fiscal indebida que se solicite al contribuyente ingresar a sitios web para que capture sus datos de identificación para generar el comprobante fiscal.
El SAT señala que son prácticas fiscales indebidas:
Condicionar la expedición de facturas a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.
Negar la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial y trasladar al a cliente la obligación de generarla, incluso si el pago se realiza en efectivo.